Por Guillermo Stevens, para Diario Crónica Chillán.
El pasado 4 de julio fue entregado al Presidente de la República el texto sobre el cual la Convención Constitucional (154 personas) trabajó a tiempo completo por espacio de un año. Como todo escrito elaborado en tiempo limitado por un grupo tan diverso tiene sus pifias formales y en lo que respecta a su contenido, que es lo sustantivo, será dirimido con el Apruebo o Rechazo el 4 de septiembre por todos los chilenos mayores de 18 años mediante su voto que para esta ocasión será obligatorio.
El texto es extenso (388 artículos más 57 transitorios) comparado con la constitución vigente (129 artículos más 25 artículos transitorios) a lo que, si se agrega la natural complejidad de un escrito de esta naturaleza, augura una muy baja lectura. A pesar de ello, el llamado a cada uno a adentrarse en él sigue siendo un imperativo y el servicio que puedan prestar las instituciones educacionales y formadoras de opinión pública a su mejor comprensión, entre las que se cuenta la misma Iglesia, es muy necesario y valioso siempre que dejen de lado el sólo entregar elementos para allegar aguas a su molino.
La Constitución, no hay que olvidarlo, no es un programa de gobierno, no es más (ni menos) que el marco jurídico global que un país se da para orientar lo que se permite y se impide en su quehacer por buscar el desarrollo de sus habitantes. Para este caso se está introduciendo conceptos que marcarán un antes y un después en caso de ser aprobada. Entre ellos se puede nombrar los siguientes: a) Plurinacionalidad, que implica pluralismo jurídico en coexistencia con el sistema nacional de justicia y que los pueblos indígenas deben ser consultados y otorgar consentimiento en aquéllos ámbitos que los afecten en sus derechos; b) Organización, que implica la eliminación del senado por una Cámara de las Regiones; la transformación de un Tribunal Constitucional en una Corte Constitucional y se pasa de un Poder Judicial a un Sistema de Justicia; c)Se introduce el concepto de Estado Regional que es distinto del unitario y del federal creando el concepto de entidades territoriales y el de autonomía territorial indígena que incluye lo político, administrativo y financiero, d) Paritaria y feminista en todos los órganos colegiados del Estado al igual que en los directorios de sus empresas; e) Incorporación entre los derechos sexuales y reproductivos el derecho a interrumpir el embarazo. Por cierto, el lector podrá cotejar esta escueta enumeración con su personal selección, corrigiendo lo dicho o agregando otros elementos importantes para él.
El desafío que queda en los próximos días es arduo para definir la opción que cada uno debe tomar, pero no lo es menos para disponernos ya desde ahora para ver formas de mejorar nuestra enrarecida convivencia, porque independiente de los resultados de septiembre, todos seguiremos aquí.
