Por Guillermo Stevens, diácono, para Diario Crónica Chillán.
El trabajo ha sido una de las actividades humanas que esta pandemia ha afectado seriamente. La autoridad, con la finalidad de acotar la expansión del Covid-19, ha tomado medidas que han limitado el trabajo o derechamente impedido su libre ejercicio acarreando toda una cadena previsible de cesantía, incumplimiento de pago y pérdida de bienes para algunos. Una de las modalidades que se ha adoptado para hacerle frente es el teletrabajo, entendida como aquella actividad laboral que se ejerce desde el domicilio del trabajador o cualquier lugar ajeno a la empresa (trabajo a distancia) y es ejecutado mediante la utilización de medios informáticos o de telecomunicaciones. Así esta forma de trabajo que a inicios de la pandemia era mínima, en este momento se ha ido expandiendo a tasas tan aceleradas que aún no hay estudios que permitan hacerse una idea de su real envergadura. No obstante, es de conocimiento amplio que, en el ámbito de la educación, esta modalidad ya se ha instalado con características de permanencia.
La emergencia hace más difícil aceptar y exigir derechos y esta modalidad respetar la privacidad del trabajador. Respeto a lo primero hay que sostener de partida que el teletrabajo no puede significar un menoscabo de los derechos que se reconocen al trabajador, en especial, en su remuneración.
En cuanto a lo segundo, por sanidad, ahora psicológica, es necesario fijar límites. Uno de ellos es el derecho a la desconexión, aplicable a aquellos trabajadores que distribuyen libremente su horario y que significa que no están obligados a responder las comunicaciones, órdenes u otros requerimientos del empleador en un período de doce horas continuas por día, aplicable, por cierto, en los días de descanso, permisos o vacaciones. Otro, que los trabajadores no pueden ser obligados a utilizar equipamiento de su propiedad ni asumir sus costos. Asimismo, las medidas de control que necesariamente se deben aplicar deben ser proporcionales y con el resguardo debido al derecho a la intimidad del trabajador y su vida privada.
Los derechos laborales que han surgido después de duras luchas es preciso mantenerlos como un signo de desarrollo y humanización, naturalmente que con los ajustes que el buen sentido común aconseja y como una forma además de poner límites a una rutina que puede afectar seriamente la convivencia familiar y el equilibrio emocional. Aquí podríamos parafrasear las palabras de Jesucristo (Mc 2, 27-28) en el sentido que el trabajo ha sido hecho para el hombre y no el hombre para el trabajo.